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Universidad Complutense de Madrid
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international
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https://www.ucm.es/erasmus24-25
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Universidad Complutense de Madrid

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Convocatoria Erasmus con países del Programa (UE y asimilados) 2024/25

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La presente convocatoria se publica en el marco del REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 2021/817 de 20 de mayo de 2021 por el que se establece Erasmus+ de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte para el periodo 2021-2027 y se deroga el Reglamento (UE) Nº 1288/2013 y de acuerdo con los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados mediante DECRETO 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno, publicados en el BOCM de 24 de marzo de 2017, entre cuyas competencias se establece el fomento de la movilidad y del intercambio de profesores, estudiantes y personal de administración y servicios en el ámbito internacional y específicamente en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior.

1. INFORMACIÓN GENERAL

La movilidad de estudiantes para realizar estudios (Student Mobility for Studies) está integrada dentro de la Acción Clave 1 (KA131-HED) del Programa Erasmus, siendo uno de sus objetivos apoyar a los estudiantes para que emprendan una experiencia de aprendizaje en otro país asociado al programa2.

Erasmus SMS tiene por finalidad promover la movilidad de estudiantes UCM a otra institución europea de educación superior con el fin de cursar estudios y obtener a su regreso el reconocimiento establecido en el documento “Acuerdo de estudios” – Learning Agreement (LA). La duración de la movilidad vendrá marcada por el acuerdo bilateral firmado por la UCM con la institución de acogida, y no podrá ser inferior a 2 meses. Un estudiante puede recibir becas Erasmus para varios periodos de movilidad por un total máximo de 12 meses (360 días) por cada ciclo de estudios, independientemente del número y el tipo de movilidad** y de si ésta ha sido financiada o es una beca cero (Ver apartado 12 - 1 -b).

Con el fin de garantizar los principios básicos de publicidad, igualdad, concurrencia, transparencia y objetividad, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación ha resuelto publicar la presente convocatoria, única válida para todos los centros UCM.

2. REQUISITOS.

a)   Generales

  1. Estar matriculado/a durante el presente curso 2023-2024 en un centro de la UCM, realizando estudios de Grado, Máster o Doctorado conducentes a la obtención de un título Para ser estudiantes Erasmus, las personas seleccionadas deberán obligatoriamente estar matriculadas asimismo en estudios oficiales de la UCM durante el periodo de movilidad: 2024-2025.
  2. Nacionalidad:

  3. Tener nacionalidad española o ser nacional de un país de la Unión Europea o de cualquier otro país asociado al Programa, así como ser nacional de cualquier país no asociado al Programa. En estos últimos casos deberán estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad y serán responsables de gestionar los visados o permisos correspondientes a su desplazamiento a la institución de destino, en su caso. Se aconseja comenzar esta tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar en la UCM estar en posesión de las autorizaciones necesarias para el desplazamiento.

  4. Tener el estatus de refugiado o apátrida.
  5. Estar matriculado/a en segundo curso de grado o posteriores, habiendo superado en el momento de la solicitud al menos el 80% de los créditos de primer
  6. Acreditar el conocimiento de la lengua de estudio en la institución de destino, de conformidad con lo especificado en el apartado 6 de esta
  7. Al iniciar la movilidad, tener pendiente de superar en la UCM un número de créditos mínimo, dependiendo de la duración de la beca que se Este número de créditos no podrá ser inferior a 2/3 del equivalente a la carga lectiva4del periodo correspondiente.
  8. No haber incumplido total o parcialmente los requisitos y obligaciones establecidas en convocatorias previas de la Oficina de Relaciones Internacionales Serán excluidos los estudiantes que tuvieran cantidades pendientes de pago a la UCM.
  9. No haber superado con una beca Erasmus (PAP, Erasmus y Erasmus Mundus) como máximo 12 meses de duración en el mismo ciclo académico o de 24 meses en el caso de estudios de Grado que den acceso directo a estudios de Doctorado (Medicina, Farmacia, Odontología y Veterinaria), incluida la duración de la movilidad

b)   Particulares

Los específicos que establece cada centro UCM, cuando proceda, y que figuran en el apartado 4 de esta convocatoria, dentro del listado de plazas ofertadas por cada uno de ellos.

3.  PLAZO DE SOLICITUD

Del 27 de noviembre al 19 de diciembre de 2023 a las 23.59 horas

4.  PLAZAS OFERTADAS

Se convocan plazas destinadas al estudiantado universitario matriculado en la Universidad Complutense de Madrid, que curse estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, Master y Doctorado (quedan excluidos los Títulos Propios). Las personas seleccionadas podrán realizar estudios en una universidad de un país asociado al Programa con la que la UCM tenga establecido Acuerdo Bilateral en el marco del Programa Erasmus+.

Se publica a continuación el listado de destinos ofertados por cada uno de los centros de la UCM para optar a una plaza de movilidad Erasmus+ durante el curso académico 2024-2025. Las personas interesadas únicamente podrán solicitar aquellas plazas ofertadas por el centro en el que estén matriculadas y cursando sus estudios. El estudiantado matriculado en Dobles Titulaciones, solicitarán beca Erasmus solo en uno de los centros responsables de la titulación.

Se seleccionará el nombre del centro para acceder al listado de destinos ofertados. Las plazas marcadas como “pendiente de confirmar” corresponden a acuerdos en trámite de firma. A lo largo del proceso de solicitud pueden pasar a “confirmadas” o bien ser eliminadas de la oferta. Las personas que las incluyan entre sus opciones deberán tener en cuenta esta circunstancia.

REINO UNIDO:

El Reino Unido abandonó la Unión Europea con un acuerdo de retirada el 31 de enero de 2020, que entró en vigor el 1 de febrero de 2020 y se extendió por un periodo transitorio. Una vez finalizado este periodo, en el que el que podía participar como país miembro a efectos del Programa Erasmus+, el Reino Unido es considerado como país no asociado al Programa y se incluye en la región 14, según la clasificación establecida por la Comisión Europea. Las plazas del Reino Unido ofertadas en la presente convocatoria corresponden a instituciones británicas con las que se ha firmado el acuerdo interinstitucional Erasmus+ correspondiente a los terceros países no asociados al Programa.

Las condiciones económicas vinculadas a estas movilidades en Reino Unido se regirán por las tarifas Erasmus+ aplicables a la región 14, equivalentes al Grupo 1 de la tabla de financiación establecida en la cláusula 12 de la presente convocatoria.

Importante: la gestión de visados y seguros médicos, cuando proceda, será responsabilidad de cada participante. La acreditación del idioma inglés tendrá que ser consultada con la universidad de destino.


* Estados miembros de la UE https://europa.eu/european-union/about-eu/countries/member-countries_es; países de la AELC (Asociación Europea de Libre Comercio) y del EEE (Espacio Económico Europeo): Islandia, Liechtenstein y Noruega; Países candidatos a la adhesión: Turquía , Antigua República Yugoslava de Macedonia y Serbia

** Las experiencias previas de movilidad en el programa Erasmus+ cuentan para el total de 12 meses por En estudios de un solo ciclo, tales como Medicina, Farmacia, Odontología y Veterinaria, la movilidad de los estudiantes puede alcanzar hasta 24 meses.

´Un curso académico completo: 60 créditos ECTS. Un semestre: 30 créditos ECTS. Un trimestre: 15 créditos ECTS.

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FACULTADES

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CENTROS ADSCRITOS

INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN

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UNA EUROPA


Todos Los estudiantes matriculados deben OBLIGATORIAMENTE solicitar plaza de movilidad Erasmus+ para el curso 2023/2024 en esta misma convocatoria.

Ninguna Solicitud que llegue fuera de los plazos establecidos en esta convocatoria serán tenida en cuenta para la financiación de la movilidad.

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4.1  BECAS SANTANDER ERASMUS ESPAÑA 2024/2025 – (COMPLEMENTARIAS A LA BECA ERASMUS)

Convocadas por Banco Santander con el objetivo de facilitar y promover la movilidad Erasmus. Dirigidas a estudiantes seleccionados para realizar una movilidad Erasmus durante el curso académico 2024/2025.

https://www.becas-santander.com

Ayuda económica adicional a la beca Erasmus de la Comisión Europea (Apartado 12 de esta convocatoria). La beca Santander Erasmus consiste en un único pago del importe adjudicado, según los datos de la tabla PROVISIONAL (El número y la cuantía de la beca podría variar) que se incluye a continuación:

Nº DE BECAS IMPORTE DESTINADAS A:
A 2 1.000 Euros 1 beca – Estudiante Erasmus 2024/2025 con mejor expediente, y beneficiario de una beca general de estudios del MECD en 2023/24 o 2024/25. 1 beca – Estudiante Erasmus 2024/25 con mejor expediente, y certificado discapacidad en grado igual o superior a 33% Ambas becas pueden asignarse a un mismo perfil si hubiera ausencia de candidatos en el referente a estudiantes con necesidades especiales.
B 68 500 Euros Estudiantes Erasmus 2024/2025 con mejores expedientes académicos.

GRUPO A: Las becas serán asignadas a los dos mejores expedientes, de entre todos los estudiantes UCM que hayan recibido la beca Erasmus 2024/25 y cumplan los requisitos. Serán asignadas por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.

GRUPO B: Las becas serán asignadas a los mejores expedientes, y se distribuirán a cada área de estudios en un número proporcional a las cifras de movilidad Erasmus del curso 2024/2025. La selección y adjudicación de las becas se realizará desde el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. En igualdad de nota media del expediente, tendrán prioridad los candidatos que hayan sido beneficiarios de una ayuda general de estudios del MECD 2023/24 o 2024/25 y estudiantes con Necesidades Especiales.

Muy importante: Los candidatos deben usar el email …@ucm.es.

4.2 PROGRAMA SUIZA – UNIÓN EUROPEA (SEMP) – Swiss- European Mobility Programme

En esta convocatoria se incluye la oferta de plazas del programa UCM SUIZA/UNIÓN EUROPEA.

Suiza no es un país miembro del Programa Erasmus+, los estudiantes adjudicatarios de una plaza en Suiza no tendrán estatus “Erasmus”; sin embargo, las instituciones Suizas darán a los estudiantes el mismo tratamiento que a los estudiantes Erasmus (exención del pago de tasas de matrícula en destino). Las tasas serán abonadas en la UCM.

Son de aplicación a las movilidades de este programa las normas de la presente convocatoria, salvo las referentes a financiación y estatus Erasmus.

CARACTERÍSTICAS:

Listado de plazas ofertadas:

Se pueden consultar en un apartado específico, dentro del listado de plazas de cada centro, publicadas en el punto 4 de esta convocatoria.  No todos los centros UCM ofertan plazas en este programa.

5. SOLICITUD – Documentación a presentar

a) Documentación general:

1. Formulario de solicitud de plaza ERASMUS+.

Se cumplimentará el formulario electrónico de solicitud Erasmus+, disponible en la siguiente dirección web:  https://ucm.moveon4.de/form/53bd38820f9d308854000001/spa. Será necesario disponer de una cuenta de correo electrónico “….@ucm.es” activa, para poder registrarse y acceder a la solicitud on-line.

Una vez cumplimentado el formulario, y revisado su contenido, se enviará “on-line” dentro del plazo de solicitud publicado en el apartado 3 de esta convocatoria. El formulario online se cerrará a las 23.59 horas del día 19 de diciembre de 2023.

Sólo será posible enviar una única solicitud por participante. Se aconseja revisar el contenido en profundidad antes del envío en línea.

Una vez realizado el envío en línea, cada solicitante recibirá un correo electrónico confirmando que el envío se ha realizado correctamente, y podrá descargar el PDF de su solicitud.

NOTAS ÚTILES:

2. Fotocopia de DNI o documento oficial de identificación

3. Estudiantes de nacionalidad distinta de la española: Fotocopia NIE; este documento debe estar en vigor también durante el periodo de movilidad.

4. Curriculum Vitae EUROPASS en el que consten todos los méritos no comprendidos en el expediente académico, se incluirán fotocopias acreditativas de los diplomas, cursos o experiencia profesional.

5. Fotocopia del Título Oficial de Idioma que certifique el nivel de conocimiento del estudiante en la coordinación Erasmus del centro el documento original para su cotejo. En el caso de haber realizado la prueba de idioma en IDIOMAS COMPLUTENSE y no disponer en el momento de la solicitud de la acreditación correspondiente, cada centro o Facultad recibirá los resultados de nivel de idioma desde la Oficina de Relaciones Internacionales UCM.

1.b) Documentación específica. La requerida por cada centro, según se detalla en la oferta de Ver apartado 4 de esta convocatoria.

6. CONOCIMIENTO DE IDIOMA

Nivel mínimo recomendado por la UE y también por la UCM: B1. En todo caso, el estudiante deberá acreditar el nivel requerido por la institución de acogida. Se pueden consultar los requisitos de idioma de las distintas Universidades de destino en el listado de plazas de cada facultad o centro.

Solo aquellos alumnos que hayan acreditado el nivel de idioma para matricularse en la titulación correspondiente estarán exentos de presentar el Certificado de idioma.

Información sobre requisitos de acreditación de idioma: http://www.ucm.es/acreditacion-de-idioma

Tabla de certificaciones admitidas para la acreditación, y niveles:

https://www.acles.es/uploads/archivos/Tablas_ACLES/Tablas_de_certificados_reconocidos_por_ACLES_OCTUBRE2021.pdf.

Información y calendario  pruebas de idioma IDIOMAS COMPLUTENSE: https://idiomascomplutense.es/examenes/acreditacion-para-programas-movilidad-ucm-erasmus/

7.     PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PLAZAS:

a)Relación de admitidos y excluidos: Terminado el plazo de solicitud, se publicará en el tablón de anuncios de la oficina ERASMUS, o punto de coordinación Erasmus del centro, la relación de solicitudes admitidas y excluidas y se iniciará un plazo de 10 días hábiles para subsanar errores y aportar documentación, cuando Transcurrido dicho plazo, quedarán definitivamente excluidas todas aquellas solicitudes que no se hayan subsanado. El hecho de que una persona solicitante aparezca en la relación de solicitudes admitidas, no implica que haya obtenido la plaza o la tenga reservada, sino que toda su documentación está completa, y cumple las condiciones necesarias para poder optar a una plaza y participar en el proceso de selección.

b) Valoración de solicitudes: Se realizará por la Comisión Erasmus del centro UCM tras evaluar el expediente académico, la acreditación de idiomas y el Europass de cada solicitante, teniendo también en cuenta los requisitos y documentos específicos exigidos por cada Centro en el apartado “documentación específica”, punto 4 de esta convocatoria, cuando

*Formarán parte del baremo aplicado a la selección los conocimientos de los idiomas acreditados (máximo 2). Los conocimientos de una tercera lengua, o sucesivas, se evaluarán en la puntuación asignada al curriculum vitae “Europass”. El baremo de cada centro estará publicado en su listado de oferta de plazas. (Punto 4 de esta convocatoria)

c) Adjudicación de plazas: Finalizado el proceso de selección, la relación de adjudicación provisional de plazas 2024-2025, se publicará en el tablón de anuncios de cada oficina o punto de coordinación ERASMUS y en la página web de la UCM: http://www.ucm.es/resolucion-de-convocatorias. Las personas seleccionadas deberán confirmar su aceptación en los 10 días hábiles siguiente a través del portal de solicitud: 

https://ucm.moveon4.de/form/53bd38820f9d308854000001/spa

La falta de dicha aceptación expresa por parte de un/a estudiante será considerada como renuncia a la plaza concedida provisionalmente.

El centro puede decidir sobre la conveniencia de publicar un listado de “suplentes” que podrían cubrir posibles vacantes.

Será posible la asignación de más de una movilidad Erasmus, siempre que:

  1. Se haya finalizado el proceso de asignación de un primer destino, y se hayan asignado todas las movilidades en una primera ronda a los solicitantes que cumplan los
  2. El segundo destino sea distinto del primero
  3. La suma de las dos movilidades 24/25 y las movilidades previas, si las hubiera, no superen la duración máxima autorizada (12 meses por ciclo de estudios -360 días-). Ver punto 1 de esta convocatoria

MUY IMPORTANTE: La adjudicación definitiva de la plaza será efectiva una vez se produzca la aceptación de la persona solicitante por la institución de destino, se haya elaborado un Acuerdo de Estudios viable en función de la duración prevista de la movilidad, adaptado a los estudios disponibles en aquella institución, y se hayan completado todos los trámites exigidos

d) Renuncias: Si una vez adjudicadas las plazas, el/la estudiante tuviera que renunciar a la beca Erasmus+, deberá comunicarlo por escrito lo antes posible a la oficina Erasmus de su centro, así como a la oficina de Relaciones Internacionales UCM: erasmus3@ucm.es .

En caso de renunciar a la beca Erasmus+ una vez comenzada la estancia, igualmente deberá comunicarse por escrito lo antes posible al coordinador de la institución de acogida, a la oficina Erasmus de su centro y a la oficina de Relaciones Internacionales UCM. En este caso deberá reintegrar, previo aviso del departamento de Asuntos Económicos de la UCM, las cantidades que, en su caso, hubiera percibido y no le correspondan. No se considerarán como estancias Erasmus aquellas que tengan una duración inferior a dos meses (60 días). Las renuncias que se produzcan una vez comenzada la movilidad, sin causa justificada, serán tenidas en cuenta de cara a futuras convocatorias del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.

e) Resolución: Será publicada por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales a propuesta de la Comisión Erasmus del centro en: http://www.ucm.es/resolucion-de-convocatorias

8.  PLAZAS SOBRANTES DENTRO DE LA CONVOCATORIA

Las personas solicitantes que, habiendo presentado su solicitud en el plazo y forma previstos en la convocatoria, no hayan obtenido plaza en ninguna de las universidades con una lengua de estudio cuyo nivel no haya acreditado, podrán ser propuestos por el coordinador/a para una plaza ERASMUS+ en una universidad con una lengua de estudio diferente o que exija un nivel de idioma para el que actualmente no dispongan de acreditación. La aplicación de esta opción queda a criterio de cada centro.

Es condición indispensable que esas plazas no hayan sido solicitadas por estudiantes que sí cuenten con la acreditación lingüística adecuada, salvo que éstos hayan obtenido otro destino. Esta asignación implica la condición ineludible de que el estudiante aporte la acreditación de idioma oportuna antes del inicio de la estancia. El estudiante sólo podrá acceder a la plaza si se compromete por escrito a cursar y aprobar antes de su partida un curso intensivo en el nivel y el idioma exigido en destino, en un centro oficial o en IDIOMAS COMPLUTENSE.

El alumno deberá aportar a su coordinador Erasmus el certificado correspondiente para acreditar que ha superado el curso. De no hacerlo, perderá toda opción a una plaza Erasmus+.

La reasignación de plazas sobrantes se adjudicarán, si procede, dentro de los plazos establecidos en la convocatoria. En ningún caso se reasignarán plazas que procedan de renuncias de otros estudiantes.

9.  PERIODO DE ESTUDIOS

El periodo de estudio en el extranjero deberá constituir una parte integrante del programa oficial de estudios de la UCM. La actividad podrá tener lugar entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 (fecha límite de finalización de la movilidad). La duración de la estancia será como mínimo de 2 meses (60 días) y de un curso académico completo como máximo (excepto requisitos específicos del centro establecidos en la oferta de plazas de la cláusula 4), y vendrá determinada por lo establecido en el Acuerdo Bilateral entre la UCM y la institución de destino, publicado en la relación de plazas de esta convocatoria. El compromiso de cumplir dicha estancia será adquirido por el estudiante una vez firmado el convenio financiero. El incumplimiento o reducción de la duración prevista, dará lugar a la reducción de la beca, así como a los reintegros que correspondan. Cualquier modificación en la duración de la estancia deberá ser comunicada al centro y a la oficina de Relaciones Internacionales.

La actividad de movilidad deberá realizarse en un país del programa distinto del país de la institución de envío y del país de residencia.

Una persona procedente de un país participante que esté residiendo y cursando sus estudios oficiales temporalmente en otro país participante, podrá optar a una movilidad de estudios en su país de origen o en el país del que posee la nacionalidad, teniendo, no obstante, la prioridad más baja a la hora de la adjudicación de plazas.

10.  INFORMACION

Los centros UCM realizarán reuniones informativas ERASMUS que serán publicadas en su tablón de anuncios.

Esta convocatoria ERASMUS+ se encuentra publicada en Internet: https://www.ucm.es/convocatoria-alumnos

CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA
·  PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Del 27 de noviembre al 19 de diciembre de 2023
·  PUBLICACIÓN LISTADO DE SOLICITUDES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS Último día de plazo para publicación:17 de enero de 2024
·  PLAZO DE SUBSANACIÓN (10 días hábiles): 10 días hábiles contando a partir del día siguiente a la publicación en cada centro del listado de solicitudes admitidas y excluidas
·  PUBLICACIÓN DE RELACIÓN PROVISIONAL DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS: 21 de febrero de 2024
·  CONFIRMACIÓN DE ACEPTACIÓN DE PLAZA (10 días hábiles): Del 22 de febrero a 6 de marzo de 2024 (ambos inclusive)
·  PUBLICACIÓN DE RELACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS 2022/23 19 de marzo de 2024

11. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

Son los establecidos específicamente en la Carta del Estudiante ERASMUS+ (https://www.ucm.es/data/cont/media/www/pag-9907/Carta_Estudiante_Erasmus+_ES.pdf) de conformidad con lo dispuesto en la ECHE (European Charter for Higher Education) otorgada por la Comisión Europea a la Universidad Complutense de Madrid.

Las personas beneficiarias de una beca Erasmus deben cumplir con los requisitos necesarios y con las obligaciones establecidas en los apartados 15 a 17 de esta convocatoria.

Todos los trámites relacionados con la estancia del estudiante en el país de destino, alojamiento y documentación requerida por la Universidad de destino, serán responsabilidad de cada estudiante. Del mismo modo lo serán el visado o permiso de residencia, cuando proceda. (Ver punto 4.2). Para ello, las estudiantes contarán con el apoyo de la UCM, a través de la Oficina de RRII, en caso de que fuera necesario.

El incumplimiento injustificado de las obligaciones y trámites relacionados con la movilidad, dará lugar a la solicitud de reintegro de las cantidades percibidas, de acuerdo con la normativa de solicitud de reintegros aprobada por la Comisión de Relaciones Internacionales en su reunión de fecha 28 de mayo de 2018, que cuenta con el visto bueno del Vicerrectorado de Estudiantes.

Enlace al texto de la normativa.

12. ECONÓMICA

La beca Erasmus+, financiada conjuntamente por la Comisión Europea y el Ministerio de Educación, tiene un carácter fundamentalmente académico, facilita la movilidad de estudiantes a otros países europeos y el posterior reconocimiento de los estudios realizados. Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales derivados de la movilidad. No está destinada a cubrir la totalidad de los costes de la estancia.

La beca Erasmus+ es compatible con otras becas y ayudas públicas o privadas, incluyendo aquellas que establezcan medidas para compensar los gastos adicionales que supone estudiar en el extranjero.

1.- Condiciones Generales.

La cuantía de las ayudas económicas y las condiciones de las mismas estarán sujetas a la financiación que se reciba desde la Comisión Europea, a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) y el Ministerio de Educación, con los importes generales que se indican en el siguiente cuadro:

Referencia a título informativo: importe beca Erasmus+ según tarifas de la Guía Erasmus+ 2023:

Grupo País de destino Importe mensual
Grupo 1 Países del programa con costes de vida más altos (se incluyen los países de la región 14) Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Suecia. 350 €
Grupo 2 Países del programa con costes de vida medios (se incluyen los países de la región 13) Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, España, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos, Portugal. 300 €
Grupo 3 Países del programa con costes de vida más bajos Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Esloveni, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, República Checa, Rumanía, Serbia, Turquía. 250 €

Estudiantes y recién titulados con menos oportunidades: ayuda adicional al apoyo individual de 250 EUR al mes

2.- Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades

En el marco de la estrategia de inclusión de la UCM, se financiará una cantidad adicional de 250 € mensuales a los estudiantes y recién titulados que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes, debidamente acreditadas, no siendo acumulativas entre sí:

13.  MATRÍCULA

MATRÍCULA EN LA UCM:

Los estudiantes Erasmus deben matricularse obligatoriamente en la UCM, donde abonarán las tasas correspondientes.

En la matrícula UCM deberán marcar como “Asignaturas Erasmus” todas aquellas de la UCM que figuren en su acuerdo de estudios para ser reconocidas a su regreso. Debe prestarse especial atención a este requisito, puesto que las asignaturas no marcadas no serán susceptibles de reconocimiento.

Cada estudiante realizará la matrícula en su centro en las fechas y condiciones establecidas por la Secretaría de Estudiantes del centro. La beca ERASMUS+ es compatible con las Ayudas generales al estudio del Ministerio de Educación.

El estatus de estudiante Erasmus se perderá automáticamente si se produce la anulación de matrícula, independientemente de cuales fueran las razones: académicas, de impago, etc.

MATRÍCULA / REGISTRO DE CURSOS EN LA INSTITUCIÓN DE ACOGIDA:

Es igualmente obligatorio que todos los estudiantes ERASMUS matriculen o registren los cursos en la Universidad de destino a su llegada, según las normas establecidas por la misma. Los estudiantes Erasmus no deberán pagar al centro de acogida tasas académicas (estas tasas incluyen la matrícula, los gastos de exámenes, de laboratorio y/o biblioteca). No obstante, se les podrá exigir el pago de alguna pequeña cantidad para cubrir los gastos de seguro, afiliación a los sindicatos de estudiantes o utilización de diversos materiales (fotocopiadoras, productos de laboratorio, etc.) en las mismas condiciones que a los estudiantes locales.

14. EXÁMENES, EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS. RECONOCIMIENTO ACADÉMICO

1)Los estudiantes Erasmus deben inscribirse, cursar y examinarse de las asignaturas contenidas en su acuerdo de estudios en la institución de destino. No podrán en ningún caso examinarse en primera convocatoria en la UCM de una asignatura cursada en el extranjero.

2) Asignaturas suspensas: Puede realizarse la segunda convocatoria bien en la UCM o en la institución de acogida. En caso de que la normativa de un centro no contemple esta opción, dicho centro deberá informar específicamente de esta circunstancia a los alumnos seleccionados antes de su partida.

3) El sistema de equivalencias ha sido establecido por la Subcomisión ERASMUS de cada facultad de la UCM, compuesta en cada caso por profesorado del centro y coordinada por el/la Vicedecano/a de Relaciones Internacionales del mismo o la autoridad académica responsable del Programa Erasmus+. La Subcomisión Erasmus levantará Acta del proceso de asignación de plazas y propuesta de Resolución

4) Estudiantes de Grado y Master: Cada estudiante deberá cursar estudios equivalentes a 60 créditos ECTS para una movilidad cuya duración sea de un curso académico completo o 30 créditos ECTS por semestre y 15 créditos ECTS por trimestre.

5) Los estudiantes de Doctorado realizarán una estancia científica/de investigación, cuyo proyecto debe ser aprobado por el director del programa de Doctorado, el Director de su Tesis y el coordinador Erasmus del Centro.

6) La universidad de origen y la de acogida deben suscribir con cada estudiante, antes de su partida, un acuerdo de estudios (Learning Agreement - LA) que establezca el programa de estudios previsto, y que incluya los cursos y créditos que se reconocerán, una vez superados, al finalizar la movilidad.

7) Cualquier modificación que el estudiante proponga del documento “acuerdo de estudios” debe comunicarse al centro UCM y realizarse obligatoriamente en un plazo máximo de 30 días desde la fecha de comienzo del curso en la institución de Esta comunicación puede hacerse por correo electrónico y necesita de nuevo la firma en el documento modificado de las tres partes implicadas: estudiante, coordinador Erasmus UCM y coordinador Erasmus de la institución de destino. Si la modificación propuesta implica cambios en las asignaturas UCM marcadas como Erasmus, debe solicitarse al centro que lleve a cabo esta modificación.

8) La institución de destino emitirá un documento con las calificaciones en las asignaturas cursadas durante la El original de este documento será enviado directamente a la UCM desde la universidad de origen, por correo electrónico o correo postal.

9) Toda la tramitación de equivalencias se realizará en el centro correspondiente, con la supervisión del profesorado de la Subcomisión ERASMUS, bajo la coordinación académica del Vicedecano/a de Relaciones Internacionales o la autoridad académica del centro.

15. ALOJAMIENTO EN EL EXTRANJERO

Todos los gastos de alojamiento en el extranjero correrán en cualquier caso a cargo de cada estudiante, cada participante será responsable de su búsqueda y reserva.

16.  GUÍA DE TRÁMITES

Antes de su partida:

Información solicitud TSE

Información de la Comisión Europea sobre la “Tarjeta Sanitaria Europea”, con acceso a información sobre tratamientos y costes cubiertos en cada uno de los países.

Se indica a continuación el enlace a la página web donde pueden suscribir un seguro médico complementario privado que cubra necesidades no amparadas por la TSE, tales como accidentes, responsabilidad civil, repatriación o determinadas intervenciones médicas. Este enlace ofrece la contratación de este seguro con una compañía que mantiene un acuerdo con la UCM, y que ofrece unas tarifas a precios muy convenientes para estudiantes de la UCM. https://www.ucm.es/seguros

Si dispone de un seguro privado de asistencia sanitaria, es aconsejable informarse de las coberturas de este seguro privado en el extranjero. Igualmente es aconsejable que si dispone de un seguro de hogar familiar se informe de la posible cobertura de responsabilidad civil en el extranjero.

Cada participante deberá entregar justificante de Seguro médico: Tarjeta Sanitaria Europea o Seguro Privado.

Durante su estancia en el extranjero:

A su regreso:

El estudiante deberá realizar los siguientes trámites:

17.  OBSERVACIONES

CLÁUSULAS ADICIONES Y DISPOSICIÓN FINAL:

Cláusula *adicional 1:*

Serán de aplicación los principios, requisitos y términos del programa fijados por la Comisión Europea para Erasmus+ y por la Convocatoria 2023 del Servicio español para la internacionalización de la educación, vigentes en el momento de realización de la movilidad.

Cláusula adicional 2:

Tanto la presente convocatoria, como su resolución, agotan la vía administrativa, tal y como establecen los artículos 38 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y 9 de los Estatutos de la Universidad Complutense. Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente convocatoria y contra la resolución de la misma, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes a computar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución o, en su caso, de la notificación de la resolución del recurso de reposición.

Disposición Final. –

LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD ERASMUS+ SUPONE LA ACEPTACIÓN, EN TODOS SUS TÉRMINOS, DE LAS BASES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos que figuran en la presente convocatoria en género masculino, lo están como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

Fdo.: María del Rosario Cristóbal Roncero

Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación

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ERASMUS-ESTUDIOS ENLACE A DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA MOVILIDAD:

SEMP (UE-Suiza) ENLACE A DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA MOVILIDAD:

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